Derechos de Autor y Propiedad Intelectual
Guía rápida cómo inscribir una obra en el Departamento de Derechos Intelectuales
Para la inscripción de una obra en el Departamento de Derechos Intelectuales debe dirigirse personalmente a Herrera #360, Santiago Centro, Metro Quinta Normal. Llevar una copia de la obra en formato impreso o electrónico (PDF) en pendrive o CD para la inscripción de la obra con la autoría del Ministerio de Salud.
Es importante registrar la Propiedad Intelectual. Acá puedes descargar los formularios:
En este formulario debe llenar la sección “Persona Jurídica” con los datos del Ministerio de Salud y la descripción de su obra.
- Formulario de Declaración han participado en la Elaboración de la Obra titulada
- Ejemplo llenado formulario
En este formulario se declaran las personas que han participado en la elaboración de la obra a inscribir, en el desempeño de sus funciones para las cuales fueron contratadas por la Institución, por lo tanto, la Titularidad de los Derechos Patrimoniales de Autor, corresponden a dicha Persona Jurídica. Sin perjuicio de lo anterior, los Derechos Morales de los Autores señalados, serán respetados en conformidad con la legislación vigente.
La Biblioteca del Congreso Nacional, realizó una selección de leyes, reglamentos y convenios que protegen el derecho de autor y la propiedad intelectual. (normas actualizadas a la fecha y selección realizada el 28 de mayo de 2010).
Materia | N° de la norma | Publicación |
Establece normas sobre los derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artístidas fijadas en formato audiovisual. | Ley N° 20.243 | 5 de febrero de 2008 |
Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales y su Reglamento, suscrito en Ginebra (Suiza), el 18 de abril de 1989. | Decreto Nº 1.539 | 22 de marzo de 1994 |
Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, suscrito en París el 24 de julio de 1971. | Decreto Nº 266 | 5 de junio de 1975 |
Convención que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. | Decreto Nº 265 | 23 de mayo de 1975 |
Convención internacional sobre protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, suscrito en Roma (Italia) el 26 de octubre de 1961. | Decreto Nº 390 | 26 de julio de 1974 |
Convenio de Berna, para la Protección de Obras Literarias y Artísticas. | Decreto Nº 121 | 20 de marzo de 1973 |
Aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley Nº 17.336, sobre propiedad intelectual. | Decreto Nº 1.122 | 17 de junio de 1971 |
Convención Interamericana sobre el Derechos de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas. | Decreto Nº 74 | 21 de julio de 1955 |
Convención Universal sobre Derecho de Autor. | Decreto Nº 75 | 26 de julio de 1955 |
Convención sobre Propiedad Literaria y Artística. | Decreto Nº 200 | 22 de julio de 1955 |
Ley de Propiedad Intelectual. | Ley Nº 17.336 | 2 de octubre de 1970 |
Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas. | Decreto Ley Nº 908 | 5 de marzo de 1975 |
Tratado de libre comercio con los Estados Unidos de América, sus anexos y las notas intercambiadas entre ambos gobiernos relativas a dicho tratado. | Decreto Nº 312 | 31 de diciembre de 2003 |
Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre derecho de autor. | Decreto Nº 270 | 7 de marzo de 2003 |
Tratado de libre comercio entre Chile y la Unión Europea. | Decreto Nº 28 | 1 de febrero de 2003 |